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SCJ valida que la Defensa Pública debe representar a empresas en procesos penales

Ministerio Público y Oficina de Defensa Pública fachada

El Ministerio Público ganó a la Oficina Nacional de Defensa Pública (ONDP) una prolongada batalla jurídica sobre la representación legal de personas jurídicas. La Suprema Corte de Justicia (SCJ) avaló la posición del órgano acusador, zanjando así una controversia sostenida en distintos tribunales.

La Resolución núm. 001-022-2025-SRLS-00393, emitida el 3 de marzo de 2025 por la Segunda Sala de la SCJ y notificada el 17 de julio al procurador adjunto Wilson Camacho, obliga a la ONDP a brindar asistencia legal a empresas imputadas en procesos penales.

Origen del conflicto: interpretación de la ley 277-04

El conflicto surgió a raíz de una instrucción general emitida por la ONDP el 22 de septiembre de 2021, en la cual prohibía expresamente a sus defensores públicos representar a organizaciones, empresas u otras personas jurídicas. Esta directriz fue sustentada por el director de la institución, Rodolfo Valentín Santos, con base en el artículo 2 de la Ley núm. 277-04 que creó la ONDP.

El 28 de junio de 2024, el Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional declaró inconstitucional la referida instrucción. La decisión respondió a una excepción de inconstitucionalidad presentada por fiscales de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca).

Los fiscales Wilson Camacho, Jonathan Pérez Fulcar y Miguel Collado García argumentaron que la directriz violaba artículos clave de la Constitución dominicana, incluyendo los relativos a la igualdad ante la ley, el debido proceso y la tutela judicial efectiva.

Empresas afectadas por la negativa de defensa

La decisión del tribunal ordenó a la ONDP designar defensores para las empresas imputadas RG&S Soluciones Financieras, S. R. L. y Único Real State e Inversiones, S. R. L. La negativa a cumplir con dicha orden conllevó una sanción económica de RD$5,000 por día de incumplimiento.

Con la resolución de la SCJ, se reafirma que las decisiones judiciales deben acatarse bajo el principio de taxatividad, tal como establece el Código Procesal Penal. Los jueces subrayaron que no todas las decisiones pueden ser apeladas, a menos que la ley lo disponga expresamente.

Otro caso refuerza la postura del Ministerio Público

Un precedente reciente fortalece la decisión de la SCJ. El 3 de julio de 2025, la jueza interina Chadalis E. Rosario, del Primer Juzgado de la Instrucción de San Cristóbal, impuso una multa de RD$2,000 diarios a la ONDP por no designar representación legal a la empresa Agente de Cambio Estrella, imputada por lavado de activos y violaciones al Código Penal.

La ONDP había reiterado su negativa argumentando que su función es asistir solo a personas físicas sin recursos, no a entidades jurídicas, aunque estén legalmente imputadas.

Por: Yari Araujo 

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