“Ni mi familia ni el país tendrán que bajar el rostro cuando se mencione mi nombre”, dice aspirante a SCJ – N Digital
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“Ni mi familia ni el país tendrán que bajar el rostro cuando se mencione mi nombre”, dice aspirante a SCJ

El juez Matías Modesto del Rosario, presidente de la segunda sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación, presentó su trayectoria y propuestas ante el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM).

Durante su intervención, donde fue evaluado como aspirante a la Suprema Corte de Justicia, destacó que tiene 52 años de edad y que inició su carrera como juez a los 24, acumulando 28 años de servicio en el Poder Judicial. Además, resaltó que ha mantenido una labor constante en la docencia universitaria durante 25 años y en la escritura jurídica con 30 años de publicaciones en el Listín Diario.

Modesto del Rosario recordó que eliminó la mora judicial en la V Sala Civil, mérito por el que fue seleccionado para representar al país en un encuentro en Uruguay. También ha sido reconocido por el Consejo Nacional de los Derechos Humanos, el Colegio Nacional de Periodistas y el Consejo del Poder Judicial del Reino de Marruecos, y ha participado junto a sus estudiantes en intercambios académicos en tribunales de Francia.

En su exposición, el magistrado resaltó su trayectoria sin faltas disciplinarias:

“En casi 30 años de carrera no tengo una sola amonestación. Ni el Consejo, ni mi familia, ni el país tendrán que bajar el rostro cuando se mencione mi nombre”, afirmó.

Respecto a los desafíos actuales del sistema judicial, valoró la incorporación de la tecnología para agilizar procesos y ampliar el acceso a la justicia, aunque advirtió sobre los riesgos de exclusión por limitaciones de conectividad. Sostuvo que la inteligencia artificial debe servir como herramienta de apoyo, pero “nunca sustituir al juez”.

Durante la ronda de preguntas, el magistrado explicó avances en responsabilidad civil médica, especialmente en torno al consentimiento informado y el peritaje médico, y precisó que el fallo directo o casación de instancia es de carácter facultativo, salvo en los casos establecidos por ley.

Asimismo, afirmó que el interés casacional, previsto en la Ley 223-21, es compatible con el debido proceso y el acceso a la justicia, en cumplimiento de una disposición del Tribunal Constitucional (sentencia 489-15).

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