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Tribunal niega variación de coerción a Jairo González, acusado de estafa millonaria

Tribunal niega variación de coerción a Jairo González, acusado de estafa millonaria

Por Raúl Germán Bautista.- La jueza Arlin Ventura, del Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, rechazó la solicitud de variación de la medida de coerción impuesta a Jairo González, quien están en prisión domiciliaria por su implicación en una estafa superior a quince millones de dólares y treinta y cuatro millones de pesos dominicanos.

El Ministerio Público solicitó para Jairo Joel González Durán una condena de 20 años de prisión, el pago de 400 salarios mínimos como multa adicional, la inhabilitación permanente para desempeñar funciones en el mercado financiero y de valores, así como el decomiso de todos los bienes adquiridos con fondos ilícitos.

Para Kelmin Santos Rodríguez y Leandro González Espinal, el órgano acusador pidió una condena de 10 años de prisión, multa equivalente a 200 salarios mínimos y la inhabilitación permanente en el sector financiero. En el caso de Moisés Darío González Rodríguez y William Mejía Martínez, la solicitud fue de cinco años de prisión, multa de 200 salarios mínimos e inhabilitación por diez años.

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El Ministerio Público también solicitó el decomiso de los bienes obtenidos con los fondos producto de la presunta estafa. Entre estos figuran apartamentos en el Distrito Nacional y en Playa Nueva Romana, unidades funcionales en el condominio Náutica Business Center, así como vehículos de alta gama, entre ellos un Lamborghini Urus 2019, un Audi Q8 2020, una Lincoln Navigator 2021 y un Chevrolet Tahoe 2017.

Finalmente, el Ministerio Público requirió que Jairo Joel González Durán, Kelmin Santos Rodríguez, Moisés Darío González Rodríguez y William Mejía Martínez asuman el pago de las costas del proceso penal. Leandro González Espinal fue eximido de ese pago por contar con representación legal a través de un defensor público.

Los procesados enfrentan cargos por violaciones a los artículos 265, 266 y 405 del Código Penal dominicano; el artículo 351, numeral 4, de la Ley 249-17 sobre el Mercado de Valores; el artículo 15 de la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, y los artículos 3 y 9 de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo. El juicio, iniciado el 28 de abril, continuará el próximo miércoles con la presentación de las conclusiones por parte de los querellantes y las defensas.

 

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